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5. Tishrei 5786

בס”ד

Parashat Reé

Los preceptos sociales en el judaísmo

Uno de los temas en los que hace hincapié nuestra Parashá es el de los “preceptos sociales”, que establecen las relaciones entre el individuo y su prójimo, y la relación del individuo frente a la sociedad. La Torá tiene la intención de establecer reglas y órdenes respecto de la ayuda mutua, la justicia y la honestidad.

En la vida diaria, nos encontramos con personas que tras haber trabajado durante años en forma honrada, llegaron a una situación económica holgada. Sin embargo, cuando se les pide ayuda para los débiles o los necesitados, se niegan rotundamente.

Ellos consideran que el dinero es sólo de ellos y para ellos. Nadie puede obligarlos a dar tzedaká (caridad) o a prestar dinero a los pobres, o a aportar para alguna obra benéfica.

El Rambán (Najmánides) escribe: “Si no ayudamos al necesitado, nos asemejamos a los habitantes de Sodoma y Gomorra. El mundo no tendría razón alguna de existir, ya que su construcción y existencia se basan en la ayuda mutua y la misericordia”.

Para evitar que el mundo sea un caos desde el punto de vista social, la Torá ordenó muchos preceptos. La finalidad es que el hombre ame y ayude a su prójimo.

Hay una mitzvá social que se cumple una vez cada siete años, como leemos en nuestra Parashá:

“Al cabo de siete años harás una condonación (de deudas). Y esta es la ley de la condonación: Todo acreedor debe perdonarle al prójimo las deudas que éste tuviera con él por haberle prestado; no exigirá el pago de las deudas ni a su prójimo ni a su hermano, pues se pregonará la condonación en aras de HaShem” (Devarim 15:1-2).

El año de la shemitá se relaciona generalmente con el trabajo de la tierra en Éretz Israel. Ese precepto se llama Shemitat karkaot. En el año sabático de la tierra está prohibido trabajarla, sembrar, cultivar, etc. Y ese precepto no se cumple en la diáspora.

Sin embargo, en los versículos citados la Torá se refiere a otra mitzvá, a la mitzvá llamada Shemitat kesafim, el perdón de las deudas. Aunque la Torá dice que este precepto se cumple “al cabo de siete años”, y el tiempo de su cumplimiento está relacionado con el año sabático, la obligación de perdonar las deudas no rige solamente en la Tierra de Israel sino también fuera de ella, en los países de la diáspora.

Con respecto a la mitzvá de Shemitat kesafim el Séfer Hajinuj explica que este importante precepto entre el hombre y su prójimo radica en el entendimiento de la situación precaria del deudor. El acreedor tiene la mitzvá de perdonarle la deuda en el año de la shemitá, el año sabático, pues el deudor no está en condiciones de devolver el dinero.

Al cumplir esta mitzvá, cada judío se autoeduca y adquiere cualidades nobles. Despierta en su corazón el interés de ayudar al prójimo y construir una sociedad y un mundo mejor.